EPSV, planes de previsión social voluntaria

Planes de pensiones

EPSV

Desgrava hoy y ahorra para mañana

¿De qué trata el plan EPSV?

Si resides en el País Vasco, con el plan de previsión social individual (EPSV, Entidad de Previsión Social Voluntaria) tendrás unos ingresos extra cuando te jubiles y además tendrás beneficios fiscales en el impuesto de la renta hasta ese momento.

Beneficios de este producto

Amplia cobertura de contingencias

Jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento, enfermedad grave y desempleo de larga duración.

Adaptado a tus necesidades

Escoge entre un ahorro a mayor riesgo u otro más seguro.

Ventajas fiscales

Ahorro fiscal con una reducción de la base imponible del IRPF.

Traspasos

Entre cualquier plan de manera totalmente gratuita.

EPSV

Modalidades

El 100% de tu inversión se realiza en activos de renta fija.

Preguntas frecuentes

Si estás jubilado únicamente puedes contratar una EPSV si es para movilizar tus derechos consolidados desde otra EPSV. Siendo así,  podrías seguir realizando aportaciones, además de para el resto de contingencias, para la contingencia de jubilación siempre no hayas iniciado el cobro por la contingencia de jubilación.

Los derechos consolidados de una EPSV no pueden embargarse ni ser traba judicial o administrativa, hasta el momento en que se cause la prestación o en que se hagan efectivos en los supuestos de enfermedad grave, desempleo o rescate por antigüedad de 10 años en dicha EPSV.

Sí. La legislación permite el traspaso entre distintos planes dentro de la misma EPSV y entre distintas EPSV.  Los traspasos pueden realizarse por el total de las reservas acumuladas o de forma parcial. En este último caso, no puede traspasarse la antigüedad de la EPSV cedente.

 

¿Por qué contratar uno de nuestros Planes de pensiones individuales?

Adaptabilidad

Fiscalmente beneficioso

Información constante

Información de fiscalidad

No se puede realizar una reducción en tu fiscalidad desde el momento en que se inicia el periodo impositivo siguiente a hallarte en situación de jubilación. Además, no hay máximos legales de aportaciones anuales, pero sí un límite fiscal de reducción:

Límites generales

La aportación individual máxima es de 5.000€. Además, la empresa puede efectuar aportaciones a favor tuyo por importe máximo de 8.000€, aunque el límite conjunto es  de 12.000€ anuales.

Límites específicos

Aportaciones al cónyuge

  • Los contribuyentes con un cónyuge sin rentas a integrar en la parte general de la base imponible o las obtenga por un importe inferior a 8.000 euros, podrán reducir en la base imponible general las aportaciones realizadas a favor de dicho cónyuge, hasta un máximo de 2.400 euros.

Aportaciones a favor de personas con minusvalía

  • Aportaciones a favor de discapacitados con una minusvalía física o sensorial de al menos un 65% o psíquica igual o superior al 33% o, sea cual sea su grado, declarada judicialmente, ellos mismos pueden aportar 24.250€ y sus tutores o parientes pueden aportar 8.000€ al año, con un límite conjunto de 24.250€.
  • Las aportaciones que no puedan deducirse en la base imponible del ejercicio, podrán compensarse dentro de los cinco ejercicios siguientes siempre que, juntamente con las aportaciones corrientes de dichos ejercicios, quepan dentro del límite anual.

EPSV rentabilidad

La rentabilidad de la EPSV dependerá de los rendimientos de los activos en los que esté invertido el plan. En función de la política de inversión del plan, éste invertirá en activos monetarios, renta fija (deuda), renta variable o una combinación de estos. (*) Rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras

Rentabilidad TAE

PlanesTAE 2021TAE 2020TAE 2019TAE 2018
GCO Previsión Renta Fija-0,61%0,34%0,51%-0,86%
GCO Previsión Mixto Fijo6,61%-0,64%6,14%-3,55%
GCO Previsión Mixto Variable3,24%---
GCO Previsión Renta Variable26,50%7,64%26,50%-7,72%