Amplia cobertura de contingencias
Jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento, enfermedad grave y desempleo de larga duración.
Planes de pensiones
Desgrava hoy y ahorra para mañana
Si resides en el País Vasco, con el EPSV (Entidad de Previsión Social Voluntaria) tendrás unos ingresos extra cuando te jubiles y además tendrás beneficios fiscales en el impuesto de la renta hasta ese momento.
Jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento, enfermedad grave y desempleo de larga duración.
Escoge entre un ahorro a mayor riesgo u otro más seguro.
Ahorro fiscal con una reducción de la base imponible del IRPF.
Entre cualquier plan de manera totalmente gratuita.
El 100% de tu inversión se realiza en activos de renta fija.
Invierte un mínimo de un 70% en activos de renta variable.
Divide tu inversión. Entre el 15% y el 30% en renta variable y el resto, en renta fija.
Si abres una nueva EPSV cuando ya estés jubilado las aportaciones que realices únicamente podrás rescatarlas si se da una contingencia distinta de la jubilación. Si abres una EPSV anterior de la jubilación, puedes seguir realizando aportaciones después de jubilarte y decidir cuándo quieres cobrarlas.
Si has cobrado en forma de renta, no es posible y si has cobrado en forma de capital, dependerá si el rescate es total o parcial. En el caso de un rescate total, no podrás seguir aportando a una EPSV hasta que pasen dos años de ese rescate. Pero si el rescate es parcial, sí que tienes la posibilidad de seguir aportando pero con la limitación durante los dos años siguientes, de la media que se ha aportado en los tres años anteriores a la fecha del rescate.
Sí porque tienen distinta regulación.
Los derechos consolidados de una EPSV no pueden embargarse ni ser traba judicial o administrativa, hasta el momento en que se cause la prestación o en que se hagan efectivos en los supuestos de enfermedad grave, desempleo o rescate por antigüedad de 10 años en dicha EPSV.
Sí. La legislación permite el traspaso entre distintos planes dentro de la misma EPSV y entre distintas EPSV. Los traspasos pueden realizarse por el total de las reservas acumuladas o de forma parcial. En este último caso, no puede traspasarse la antigüedad de la EPSV cedente.
No se puede realizar una reducción en tu fiscalidad desde el momento en que se inicia el periodo impositivo siguiente a hallarte en situación de jubilación. Además, no hay máximos legales de aportaciones anuales, pero sí un límite fiscal de reducción:
Límites generales
La aportación individual máxima es de 5.000€. Además, la empresa puede efectuar aportaciones a favor tuyo por importe máximo de 8.000€, aunque el límite conjunto es de 12.000€ anuales.
Límites específicos
Aportaciones al cónyuge
Aportaciones a favor de personas con minusvalía
La calificación fiscal que tienen las prestaciones es de rendimiento del trabajo, y sobre ellas se aplicará la retención correspondiente de acuerdo con las Tablas de retención de IRPF aprobadas por cada Diputación Foral.
Capital
Renta
La rentabilidad de la EPSV dependerá de los rendimientos de los activos en los que esté invertido el plan. En función de la política de inversión del plan, éste invertirá en activos monetarios, renta fija (deuda), renta variable o una combinación de estos. (*) Rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras
Planes | TAE 2019 | TAE 2018 | TAE 2017 | TAE 2016 |
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GCO Previsión Mixto Fijo | 6,14% | -3,55% | 1,29% | 0,95% |
GCO Previsión Renta Fija | 0,51% | -0,86% | 0,13% | 1,13% |
GCO Previsión Renta Variable | 26,50% | -7,72% | 6,55% | 5,79% |