Guía de acceso a al hipoteca inversa
Consulta la “Guía de acceso a la hipoteca inversa” en la página web del Banco de España para obtener más información
DescargaRentas
Ingresos sin vender tu vivienda
Se trata de un producto que combina un seguro de renta vitalicia con una hipoteca inversa. Enfocado a mayores de 65 años, propietarios de su vivienda habitual y que, con la garantía hipotecaria de ésta, les permite a la vez conservar el uso y propiedad de la vivienda y además obtener una renta mensual vitalicia. Fallecido el último titular, sus herederos pueden pagar la deuda acumulada hasta el momento para lo que disponen de un plazo de 12 meses.
Mientras que la renta se obtiene del crédito en la primera etapa, en la segunda, y hasta el fallecimiento del último de los titulares, la renta se obtiene de la renta vitalicia diferida contratada en el inicio. No se trasmite la propiedad de la vivienda y los propietarios pueden seguir habitando en la vivienda.
Además, si a futuro no pudiera seguir viviendo en su casa, podría alquilarla, previo consentimiento de la entidad, para pagar una residencia o centro similar.
Por otra parte, los herederos, al fallecimiento, podrán quedarse con la diferencia entre el valor de la casa y la deuda acumulada.
Aunque siempre se percibe el crédito en forma de renta, para todas las operaciones, hay una disposición inicial para el pago de los gastos de formalización y para el pago de la prima del Seguro de Renta Vitalicia. De esta forma, el cliente no tendrá que hacer desembolso alguno.
Opcionalmente, y con ciertos límites, podrá solicitar un importe para otros destinos. Por ejemplo:
Disfruta de tu vida tras la jubilación como habías pensado con un complemento a tu pensión que te permita disfrutar de tu nueva vida.
Consulta la “Guía de acceso a la hipoteca inversa” en la página web del Banco de España para obtener más información
DescargaFiscalidad: al pertenecer a un crédito, las rentas obtenidas de la hipoteca inversa están exentas de tributar.
Los importes de rentas vitalicias diferidas tributan en IRPF como rendimientos del capital mobiliario y están sujetas a una retención determinada por la edad del titular de la vivienda en el momento en el que se percibe la renta.
En el momento del fallecimiento, el impuesto sobre sucesiones y donaciones respecto al valor de la vivienda se reduce atendiendo al importe del crédito consumido.
Es una modalidad de crédito con garantía hipotecaria, que permite transformar en dinero el valor de una vivienda sin necesidad de perder la titularidad, por lo que ni el propietario ni sus herederos pierden sus derechos.
Presenta los gastos propios de cualquier crédito hipotecario: notario, registrador, impuestos, etc. Así como el pago único a la hora de la contratación del seguro, el cual permite el cobro vitalicio de la renta. Todos estos gastos se financian con el mismo crédito.
El importe de la renta se calcula en función de:
Al fallecimiento del último titular, sus herederos disponen de un plazo de 12 meses para pagar la deuda acumulada hasta ese momento. También podrá cancelarla anticipadamente cuando desee. No obstante, el seguro de Renta vitalicia no tiene posibilidad de rescate y generará las rentas en el momento previsto, si no ha fallecido el cliente.